ISP requiere la modificación de documentos municipales contra la segregación de San Pedro Alcántara
Solicitamos su revisión, modificación y remisión a la Fiscalía
Aunque los argumentos de la Junta de Andalucía, el anterior Equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Marbella y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en su última Sentencia no se sostienen, han basado en parte su argumentación en una gran mentira, diciendo que San Pedro Alcántara no sería viable económicamente, al tener en cuenta los informes presentados por el Partido Popular en el Pleno Extraordinario celebrado el 27 de noviembre de 2009, contrarios todos a la segregación de nuestro pueblo.
Como ya adelantamos en noviembre de 2009, la redacción torticera de estos informes podrían ser constitutivos de un presunto delito de prevaricación, recogido entre otros, en el artículo 404 del Código Penal, por el que “A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a 10 años.” De igual forma, deberán ser tratados aquellos quienes, a sabiendas, informan o resuelven sobre expedientes faltando a la verdad o encubriendo parcialmente la misma.
La Comisión Promotora de la Segregación y Creación del Municipio de San Pedro Alcántara, ha sido notificada de esta nueva resolución judicial, tras la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga, de 28 de julio de 2015, contraria a la creación de un ayuntamiento propio para nuestra población.
Blas Gil